Algunas precisiones sobre las sociedades de economía mixta.

Consulta:

1. “¿Dos o más empresas industriales y comerciales del estado de orden departamental pueden comprar, adquirir o suscribir acciones a una sociedad por acciones simplificada (S.A.S.) creada por documento privado por medio de un reglamento de colocación de acciones o bonos de deuda?

2. En caso de que la primera respuesta sea afirmativa, se concluye que esta sociedad se transformaría en una sociedad de economía mixta en los preceptos consagrados en la ley 489 de 1998. En este caso, ¿no sería necesaria la autorización legal que establece el artículo 49 de la ley 489 de 1998 ya que la transformación se dio por medio de una compra de acciones o bonos de deuda por parte de las empresas industriales y comerciales del estado de orden departamental?

3. Al ser dos o más empresas industriales y comerciales del estado de orden departamental las que compran las acciones de esta S.A.S. ¿en qué orden quedarían adscritas, a nivel nacional o departamental?

4. A las sociedades de economía mixta cuyo capital es más de un 50% público, ¿se aplica para su contratación la ley 80 de 1993 y las normas que la modifiquen o adicionen?”
Supersociedades.
Algunas precisiones sobre las sociedades de economía mixta.
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