¿Cómo afecta la Sentencia C-324/23 a las licencias en la época del parto para hombres trans y personas no binarias?


Una mirada integral a las licencias en la época del parto para hombres trans y personas no binarias

En la era de la inclusión y la equidad de género, la reciente Sentencia C-324/23 de la Corte Constitucional de Colombia ha marcado un hito en la jurisprudencia del país al reconocer que las licencias en la época del parto también son aplicables a hombres trans y personas no binarias. Esta decisión trascendental se basa en una interpretación cuidadosa de la Constitución y los derechos fundamentales, garantizando así la igualdad de oportunidades para todos, independientemente de su identidad de género.

El contexto de la Sentencia C-324/23

La Sentencia C-324/23 surge en respuesta a una demanda que cuestionaba las expresiones «trabajadora», «madre» y «mujer» contenidas en el artículo 236 del Código Sustantivo del Trabajo colombiano. La demanda argumentaba que estas expresiones excluían injustamente a hombres trans y personas no binarias de la protección de las licencias en la época del parto.

En su decisión, la Corte Constitucional consideró que, dado el derecho fundamental al libre desarrollo de la personalidad y la prohibición de discriminación basada en las vivencias del género, era necesario reconocer a los hombres trans y personas no binarias como sujetos de especial protección constitucional. Esto implica garantizar que tengan acceso a los mismos derechos que las personas cisgénero en situaciones de gestación.

El alcance de la decisión

La Sentencia C-324/23 establece que las licencias en la época del parto son aplicables a hombres trans y personas no binarias en los mismos términos que a las mujeres cisgénero.

Esto significa que:

  1. Toda persona en proceso de gestación tiene derecho a una licencia remunerada de dieciocho (18) semanas en la época del parto, independientemente de su identidad de género.
  2. La licencia se calcula con base en el salario promedio devengado por la persona gestante en el último año de servicio.
  3. Se requiere un certificado médico que confirme el estado de gestación para acceder a la licencia.
  4. En caso de fallecimiento, abandono o enfermedad de la madre biológica, el padre o el progenitor que asuma el cuidado del recién nacido también tiene derecho a una licencia de duración equivalente.
  5. En situaciones de parto prematuro, parto múltiple o nacimiento de un hijo con discapacidad, la licencia se amplía para garantizar el bienestar de la persona gestante y el recién nacido.

La licencia parental compartida y flexible

La Sentencia C-324/23 también reconoce la importancia de la licencia parental compartida, que permite a los padres distribuir libremente las últimas seis (6) semanas de la licencia de la madre. Esto promueve una mayor corresponsabilidad en el cuidado de los hijos y favorece la igualdad de género en el ámbito laboral y familiar.

Licencia parental flexible de tiempo parcial

Además, la sentencia introduce la posibilidad de una licencia parental flexible de tiempo parcial, que permite a los padres cambiar un período determinado de su licencia de maternidad o paternidad por un período de trabajo de medio tiempo. Esto ofrece mayor flexibilidad a las familias para adaptarse a sus necesidades individuales.

Conclusiones

La Sentencia C-324/23 de la Corte Constitucional de Colombia marca un avance significativo en la garantía de derechos para todos los ciudadanos, sin importar su identidad de género. Esta decisión refleja el compromiso del país con la igualdad y la inclusión, y establece un precedente importante en la jurisprudencia laboral y de género.

Es fundamental que las empresas y empleadores se familiaricen con esta nueva normativa y la apliquen de manera adecuada, garantizando así un entorno laboral inclusivo y respetuoso de los derechos de todas las personas.

En resumen, la Sentencia C-324/23 es un paso importante hacia la igualdad de género y la inclusión en Colombia, reconociendo que las licencias en la época del parto son un derecho que debe estar al alcance de todos, independientemente de su identidad de género. Esta decisión contribuye a construir una sociedad más justa y equitativa para todos sus ciudadanos.


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