Sistema de factura electrónica de venta / Documento soporte de adquisiciones a sujetos no obligados a expedir factura de venta o documento equivalente.

Mediante el radicado de la referencia, el peticionario realiza una serie de preguntas en relación con el documento soporte en adquisiciones efectuadas a sujetos no obligados a expedir factura de venta y/o documento equivalente, y respecto al alcance del extracto como documento equivalente.

1. El requisito del literal j. del numeral 4° del artículo 13 de la Resolución 042 de 2020, ¿aplica sólo para los obligados a facturar electrónicos?”

2. “Tomando en cuenta que el artículo 1.6.1.4.12. del Decreto 1625 de 2016, expresa que el documento soporte debe ser generado por el adquiriente del bien y/o servicio, a continuación se presenta un listado con las operaciones que representan un gasto para las entidades financieras a efectos de determinar si obedecen a la adquisición de un bien o servicio y así identificar cuáles de éstas expensas se encuentran sujetas a la emisión de un documento soporte.”.

3. “¿Qué se debe entender por servicios electrónicos digitales?” y “¿El documento soporte se debe expedir en la moneda original de la factura expedida por el proveedor o en moneda local?”
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Concepto No 915 / 23-06-2021

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