Obligación de Revisor Fiscal en las fundaciones (ESAL).

CONSULTA:

1. ¿Las fundaciones, como entidades sin ánimo de lucro, están obligadas a tener revisor fiscal, desde el momento de su creación, como requisito para obtener personería jurídica?

La consulta la fundamento en razón a que como profesional asesor de diferentes personas en Colombia que crean entidades de este tipo, he encontrado que las cámaras de comercio, siendo el ente que otorga en su mayoría, las personerías jurídicas a este tipo de organizaciones, no tienen un criterio unificado, y sus conceptos varían y son contrarios entre sí.

De tal forma que algunas cámaras de comercio de algunas ciudades exigen que una fundación tenga revisor fiscal para poder registrarse, y otras no exigen dicho requisito, lo cual crea una confusión entre quienes estamos dedicados a la labor de asesoría, como es mi caso.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública.
Consulta 1-2019-034171 de 03-12-2019
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