Impuesto sobre la renta y complementarios. Deducción por inversión en activos fijos. Recuperación de deducciones. Renta líquida.


Declaración de Nulidad del Decreto 1766 de 2004: Análisis y Resolución

Introducción

En la Sentencia 26739 del 25 de enero de 2024, la Sala se pronuncia sobre la declaración de nulidad del último inciso del Artículo 3º y del Artículo 5º del Decreto 1766 de 2004, que reglamenta el Artículo 158-3 del Estatuto Tributario.

Análisis de la Sala

  1. Contexto Normativo
    • La Sala destaca que el Decreto 1766 de 2004 reglamenta un artículo derogado por la Ley 1819 de 2016. Sin embargo, se insiste en el control judicial de actos derogados, especialmente en materia tributaria.
  2. Facultades Reglamentarias del Presidente
    • Se resalta que el Presidente expidió el Decreto 1766 de 2004, reglamentando el Artículo 158-3 del Estatuto Tributario, que permitía deducciones por inversiones en activos fijos reales productivos.
  3. Reintegro de la Deducción Especial
    • El reglamento establece que si un contribuyente deja de utilizar o enajena el activo antes de depreciarlo, debe reintegrar la deducción como «renta líquida gravable».
  4. Exceso de Normativa Reglamentaria
    • La Sala argumenta que las disposiciones reglamentarias exceden la norma legal, creando supuestos y consecuencias no contempladas por el legislador.
  5. Incorporación como Renta Gravable
    • Se señala que las disposiciones reglamentarias modifican la base gravable del impuesto sobre la renta al incorporar el beneficio como «renta líquida gravable», función exclusiva del Congreso.
  6. Herramientas de Recuperación de Beneficios Tributarios
    • La Sala menciona que el Estatuto Tributario ya contempla mecanismos para la recuperación de beneficios tributarios no consolidados, como la renta líquida por recuperación de deducciones.

Conclusión

La Sala concluye que las disposiciones reglamentarias vulneran el Artículo 158-3 del E.T. y los artículos 189 núm. 11 y 338 de la Constitución. En consecuencia, según el artículo 137 del CPACA, se declara la nulidad de las normas demandadas.

Nota: Este análisis pretende proporcionar una visión estructurada y clara del contenido original, resaltando los aspectos más relevantes de la Sentencia 26739 del 25 de enero de 2024.

Normatividad

NormatividadDescripción
Artículo 3º y Artículo 5º del Decreto 1766 de 2004Reglamentan el Artículo 158-3 del Estatuto Tributario.
Ley 1819 de 2016Deroga expresamente el Artículo 158-3 del Estatuto Tributario y, por ende, afecta la vigencia del Decreto 1766 de 2004.
Artículo 1.6.5.3.3.1. y Artículo 1.6.6.2.3. del Decreto 1625 de 2016Adicionan incisos transitorios relacionados con la normativa tributaria en la Sección 3 y el Capítulo 2 del Libro 1.
Artículo 158-3 del Estatuto TributarioConcede a los contribuyentes la posibilidad de deducir un porcentaje de las inversiones en activos fijos reales productivos.
Artículo 195 del Estatuto TributarioEstablece la recuperación de deducciones mediante el incremento de la renta líquida, hasta la concurrencia del monto de la recuperación.
Artículo 338 de la ConstituciónDelimita las funciones exclusivas del Congreso en la predeterminación de consecuencias normativas que modifican la base gravable.

Este resumen estructurado proporciona una visión clara de la normatividad relevante, detallando tanto los elementos específicos como su relación con la resolución judicial.