¿Es permitido que una persona que trabaja como contador preste sus servicios en una PH donde su compañero permanente es el administrador y es quien lo contrata directamente


El Rol del Contador Público en la Propiedad Horizontal

Introducción

En el ámbito de la contaduría pública, surge una pregunta recurrente: ¿Es permitido que una persona que trabaja como contador preste sus servicios en una propiedad horizontal donde su compañero permanente es el administrador y es quien lo contrata directamente? En este artículo, abordaremos dicha cuestión desde una perspectiva técnico-científica, tomando en consideración las normativas legales vigentes y los conceptos emitidos por el Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) de Colombia.

Conceptos Previos

Es importante destacar que la Ley 675 de 2001, que regula la propiedad horizontal en Colombia, no establece inhabilidad o incompatibilidad alguna para el caso consultado. Sin embargo, el CTCP ha compartido conceptos que ayudan a clarificar la situación. En consultas anteriores, el CTCP se ha pronunciado sobre la relación entre un contador público y el administrador de una propiedad horizontal, emitiendo los siguientes conceptos:

  • Concepto 2020-0710: Inhabilidades – Contador público esposo de la Administradora (25/08/2020)
  • Concepto 2021-0092: Inhabilidades – Contador público esposo de la Administradora (26/03/2021)
  • Concepto 2021-0338: Inhabilidades – Contadora pública esposa del Administrador (24/06/2021)

En dichos conceptos, se concluyó que, aunque la Ley 675 de 2001 no establece inhabilidades o incompatibilidades específicas, es conveniente considerar las amenazas y salvaguardas relacionadas con la familiaridad y los principios fundamentales de la contaduría pública.

Análisis del CTCP

El CTCP ha establecido que cuando un contador público tiene una relación de familiaridad con el administrador de una propiedad horizontal, se enfrenta a una amenaza de familiaridad. En estos casos, se deben aplicar salvaguardas para eliminar o reducir dicha amenaza a un nivel aceptable, sin comprometer los principios fundamentales de la contaduría pública ni la confianza pública generada por el profesional.

El Anexo 4 del D.U.R. 2420 de 2015 y sus modificatorios proporciona un marco conceptual que debe ser analizado para identificar, evaluar y responder a las amenazas en el cumplimiento de los principios fundamentales. Si las amenazas identificadas no son claramente irrelevantes, el contador público debe aplicar salvaguardas apropiadas.

El párrafo 300.11 del código de ética referido en la Sección C-PROFESIONALES DE LA CONTABILIDAD EN LA EMPRESA del Anexo 4 del Decreto mencionado establece ejemplos de circunstancias que originan amenazas de familiaridad para el profesional de la contabilidad en la empresa.

Conclusiones del CTCP

En conclusión, el CTCP no prohíbe expresamente que un contador público preste sus servicios en una propiedad horizontal donde su compañero permanente es el administrador y es quien lo contrata directamente. Sin embargo, se recomienda evaluar las amenazas de familiaridad y aplicar las salvaguardas correspondientes para evitar comprometer los principios fundamentales de la contaduría pública y la confianza pública generada por el profesional.

Recomendaciones para el Contador Público

Ante la situación planteada, es crucial que el contador público analice detenidamente su relación de familiaridad con el administrador de la propiedad horizontal y aplique las siguientes recomendaciones:

  1. Evaluar las amenazas: Identificar las posibles amenazas de familiaridad que puedan surgir debido a la relación de parentesco o convivencia con el administrador.
  2. Aplicar salvaguardas: Implementar medidas adecuadas para eliminar o reducir las amenazas identificadas a un nivel aceptable. Estas salvaguardas deben ser consistentes con los principios fundamentales de la contaduría pública.
  3. Declinar o suspender el servicio profesional: En caso de no poder adoptar las salvaguardas apropiadas, se debe considerar la posibilidad de declinar o suspender el servicio profesional específico involucrado. Esto puede implicar renunciar al cargo de contador de la entidad o desvincularse del cliente o entidad contratante.

Enlace de Consulta Adicional

Para obtener más información sobre este tema y consultar otros conceptos relacionados, puedes acceder al siguiente enlace: Conceptos del CTCP sobre inhabilidades e incompatibilidades.


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