Análisis de Inconstitucionalidad en el Régimen Tributario: Equidad Horizontal y Principio de Igualdad


La Sala Plena analizó la inconstitucionalidad de ciertos artículos de la Ley 2277 de 2022 relacionados con el Régimen Simple de Tributación. Se cuestionó la disparidad de trato entre contribuyentes, concluyendo su invalidez.

El análisis se centró en la equidad horizontal en la tributación, destacando la necesidad de igualdad para contribuyentes con similares capacidades. La Sala resaltó que las diferencias en estructura de costos no justifican tratos desiguales.

Como resultado, se declararon inexequibles ciertos elementos del Estatuto Tributario modificados por la Ley 2277 de 2022, reviviendo disposiciones anteriores.

Conclusión

La Sala Plena determinó que las disposiciones que establecían diferencias en el Régimen Simple de Tributación vulneraban el principio de igualdad. Esto destaca la importancia de una legislación equitativa y coherente en materia tributaria.

Normatividad

NormatividadDescripción
Artículos 42 y 44 de la Ley 2277 de 2022Modifican los artículos 905 y 908 del Estatuto Tributario, estableciendo tope y tarifa para el Régimen Simple de Tributación.

Conclusión

La Sala Plena identificó inconstitucionalidades en las disposiciones que establecen tope y tarifa del Régimen Simple de Tributación, destacando la falta de igualdad entre contribuyentes, concluyendo en la declaratoria de inexequibilidad de ciertos numerales.