Sanciones estatutarias a los asociados.

Consulta:

La consulta se formula en los siguientes términos:


“¿Es posible las sanciones de tipos económicas, tales como multas, como sanción a la inasistencia por parte de Accionistas o Socios, ya sean a las Reuniones o Asambleas Ordinarias o Extraordinarias de cada Sociedad? En caso de ser afirmativa la respuesta, ¿Cómo sería el procedimiento?»

Se entiende tradicionalmente que, para el asociado, después de hecho el aporte, simplemente puede esperar a ejercer los derechos y disfrutar los beneficios.

Sin embargo, legalmente están tipificadas responsabilidades (de tipo indemnizatorio), para los socios, que a título de ejemplo se enuncian a continuación, de acuerdo a los diferentes tipos societarios:
Superintendencia de Sociedades.
Oficio No 220-100326 / 01-07-2020
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