Intereses de mora en cuotas de administración.

Consulta:

1. ¿La causación de los intereses moratorios se suspendieron desde el 15 de abril hasta el 30 de junio de 2020?

2. Si un deudor no pagó la cuota de administración de enero de 2020 que se hizo exigible el 31 de enero de 2020, causando los intereses moratorios a partir del 1° de febrero de 2020 y a la fecha no ha pagado la obligación morosa. ¿Se le suspende la causación de los intereses moratorios en el lapso del 15 de abril al 30 de junio de 2020?

3. Si el deudor a la fecha no ha pagado la cuota de administración de mayo de 2020, ¿el valor de la cuota que se debe cobrar hoy es el valor pleno o con descuento?

4. Si el deudor a la fecha no ha pagado la cuota de administración de junio de 2020. ¿Se cobran los intereses moratorios a partir del 1° de julio de 2020?…”
Consejo Técnico de la Contaduría Pública.
Intereses de mora en cuotas de administración.
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