Inhabilidad del administrador(a) para ser pareja sentimental del contador(a) de la copropiedad.

Consulta:

1. Determinar la conducta ética y profesional del contador.

2. Determinar si existe conflicto de intereses derivado de una amenaza por familiaridad ya que existe una relación en el grado primero civil (unión libre) entre el contador público y la administradora.

3. Establecer si el contador público puso o ha puesto a su cliente (copropiedad) en algún tipo de amenaza o riesgo injustificado.

4. Determinar qué tipos de amenazas, si existen, están ligadas al cliente (copropiedad) que se deriven de la conducta del contador.

5. Que concepto merece el comportamiento de la revisora fiscal de acuerdo a sus funciones con respecto a la situación planteada.

6. De establecerse comportamientos éticos equivocados por parte del o los profesionales de la contabilidad que trabajan para la copropiedad, cuales serian y hasta qué punto pueden llegar a constituir faltas disciplinarias, administrativas y/o penales.

7. Teniendo en cuenta que tanto contador como revisora fiscal llevan algo más de 5 años trabajando para la copropiedad, esta conducta debido al largo periodo de tiempo puede llegar a generar algún tipo de riesgo para el cliente o falta de carácter ético de los profesionales de la contabilidad.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública.
Inhabilidad del administrador(a) para ser pareja sentimental del contador(a) de la copropiedad.
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