Incentivo tributario para empresas de economía naranja.



Respecto al radicado de la referencia, y en relación con el incentivo tributario para empresas de economía naranja, el peticionario consulta lo siguiente:


«Si una empresa se creó en el año 2018 y no estuvo obligado a firmar su declaración de renta ni estados financieros por revisor fiscal, en el momento de presentar el certificado de ingresos para el proyecto tampoco tendría la obligación de firmarlo un revisor fiscal?


Si la empresa se crea en el año 2020 y ese mismo año desea presentar el proyecto para acceder al beneficio, no es necesario adjuntar el certificado de ingresos y declaración de renta del año anterior pues apenas la creación se dio en el 2020?”

La certificación debe ser emitida por contador o revisor fiscal.

Por lo tanto, si una persona jurídica no se encuentra en la obligación de tener revisor fiscal, de conformidad con el marco normativo, dicho certificación, en donde se indican los ingresos brutos de la vigencia fiscal anterior a la solicitud, debe ser emitida por el contador.



Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Concepto Nº 000163

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