Calendario de implementación para la generación y transmisión de forma electrónica del documento equivalente electrónico y de las notas de ajuste.


Por la cual se modifican los artículos 23 y 62 de la Resolución 000165 de 2023

EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las consagradas en los numerales 2 y 40 del artículo 8 del Decreto 1742 de 2020, el artículo 616-1 del Estatuto Tributario, y el numeral 3 del artículo 1.6.1.4.1 del Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria, y

CONSIDERANDO

  1. Que la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN expidió la Resolución 000165 del 1o de noviembre de 2023.
  2. Que el artículo 23 de la Resolución 000165 de 2023 establece: «Los sujetos que van a generar y trasmitir para validación el documento equivalente electrónico y las notas de ajuste (…) deberán cumplir con la implementación del mencionado documento, atendiendo al siguiente calendario (…)».
  3. Que el artículo 62 de la Resolución 000165 de 2023 establece «TÉRMINOS DE ADOPCIÓN DE LOS ANEXOS TÉCNICOS. Los anexos técnicos de que trata el artículo 60 de la presente resolución deberán ser adoptados por los respectivos sujetos en un plazo de tres (3) meses contados a partir de la publicación de la presente resolución (…)».
  4. Que el anexo 1.9 de factura electrónica adoptado a través del artículo 60 de la mencionada Resolución entra en vigencia tres meses después de la publicación de la misma, siendo su vencimiento el próximo 2 de febrero de 2024.
  5. Que actualmente están habilitados para facturar electrónicamente más de 1.112.000 responsables, y el 73% factura a través de proveedores tecnológicos y/o soluciones propias.
  6. Que el calendario de implementación del documento equivalente electrónico inicia el 3 de febrero de 2024, y las reglas definidas para el anexo 1.9 también son aplicables para el anexo 1.0 del documento equivalente electrónico.
  7. Que se considera viable ampliar el plazo de implementación debido a los impactos en los sistemas ERP y los ajustes requeridos.
  8. Que los desarrollos que están realizando los responsables de expedir factura electrónica requieren de pruebas idóneas utilizando el servicio dispuesto por la DIAN.
  9. Que debido a la pronta expiración del plazo previsto, la presente Resolución se publicó en el sitio Web de la DIAN desde el 29 de enero de 2024 hasta el 30 de enero de 2024.

RESUELVE

Artículo 1. Modificar el artículo 23 de la Resolución 00165 del 1º de noviembre de 2023.

Artículo 2. Modificar el inciso 1 del parágrafo del artículo 62 de la Resolución 00165 del 1º de noviembre de 2023.

Artículo 3. Publicar la presente resolución en el Diario Oficial de conformidad con el artículo 65 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Artículo 4. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario oficial.


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