¿Cuál fue el argumento de la Administración para negar el descontable del impuesto pagado en las capacitaciones en inglés?


El IVA descontable en adquisiciones de capacitaciones y pólizas de seguro

La Sala de lo Contencioso Administrativo se pronunció sobre la descontabilidad del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en relación con la compra de capacitaciones en inglés para empleados y la adquisición de tres pólizas de seguro por parte de una empresa.

La Administración negó que el impuesto pagado fuera descontable, argumentando falta de relación de causalidad con la actividad lucrativa de la empresa y falta de necesidad.

La contribuyente defendió la descontabilidad de las compras, explicando que las capacitaciones en inglés eran necesarias para un grupo de trabajadores que necesitaban manejar un sistema parametrizado en dicho idioma.

Además, se demostró con facturas que la empresa tenía negocios con compañías extranjeras. La Sala determinó que las capacitaciones guardaban relación con la actividad productora de renta y eran necesarias para el desarrollo de la actividad económica de la contribuyente. Por lo tanto, el IVA generado por la compra de los servicios de capacitación en inglés sí era descontable.

En cuanto a las pólizas de seguro, la Sala también avaló la descontabilidad del IVA pagado. Se reconoció que la empresa había adquirido una póliza «todo riesgo construcción», una póliza de responsabilidad civil extracontractual y una póliza para cubrir siniestros relacionados con incendio y/o rayo de edificio y contenido.

La Sala consideró que estas adquisiciones estaban directamente relacionadas con la actividad lucrativa de la empresa y eran necesarias para su desarrollo.

En consecuencia, la Sala declaró que el IVA pagado por la empresa en la compra de las capacitaciones en inglés y las pólizas de seguro era descontable. Además, anuló la sanción por inexactitud impuesta a la empresa, al considerar su conducta como atípica. Sin embargo, no se ordenó la devolución solicitada, ya que ese procedimiento es independiente.

En síntesis:

La Sala de lo Contencioso Administrativo avala el IVA descontable en compras de capacitaciones en inglés y pólizas de seguro, al considerar que están directamente relacionadas con la actividad productora de renta de la empresa. No se impone sanción por inexactitud, pero no se concede la devolución solicitada.

  1. Documento soporte en adquisiciones efectuadas a sujetos no obligados a expedir factura de venta o documento equivalente.
  2. Deducción por contribuciones a educación de los empleados.
  3. ¿Cuál es la naturaleza de los pagos de los empleadores a los teletrabajadores por gastos de energía e internet?

Conclusión

La decisión de la Sala de lo Contencioso Administrativo de avalar el IVA descontable en las adquisiciones de capacitaciones en inglés y pólizas de seguro representa un importante precedente para las empresas. Se reconoce la relación directa de estas compras con la actividad lucrativa y se destaca su necesidad para el desarrollo de dicha actividad. Además, la anulación de la sanción por inexactitud brinda seguridad jurídica a los contribuyentes. Sin embargo, es importante tener en cuenta que la solicitud de devolución del IVA sigue siendo un procedimiento independiente.


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