¿Cuál es el procedimiento de actualización del registro web y presentación de la memoria económica para entidades sin ánimo de lucro y donaciones?


Modificación del Concepto General Unificado No. 481 de abril 27 de 2018 – Entidades sin ánimo de lucro y donaciones

Introducción

En el ámbito tributario y legal, las entidades sin ánimo de lucro y las donaciones desempeñan un papel fundamental. La normativa correspondiente a este tema está sujeta a modificaciones y actualizaciones para garantizar el correcto funcionamiento y cumplimiento de las obligaciones por parte de estas entidades. En este sentido, se ha realizado una modificación importante mediante el Concepto General Unificado No. 481 de abril 27 de 2018, el cual aborda aspectos relacionados con el Registro Web, la presentación de la memoria económica y otras disposiciones relevantes.

Actualización del Registro Web y presentación de la memoria económica

La modificación del Concepto General Unificado No. 481 de abril 27 de 2018 se realiza con base en el artículo 56 del Decreto 1742 de 2020, el cual establece que se avoca conocimiento para llevar a cabo la actualización del registro web y la presentación de la memoria económica. Estos cambios son consecuencia de la modificación realizada por el artículo 24 de la Ley 2277 de 2022.

El artículo 24 de la Ley 2277 de 2022 establece la modificación del inciso 3 del Artículo 364-5 del Estatuto Tributario. Según esta modificación, las entidades del Régimen Tributario Especial deben actualizar anualmente, en los primeros seis meses de cada año, la información correspondiente al registro web. Es importante destacar que este plazo es independiente del último dígito del Número de Identificación Tributaria (NIT) y del dígito de verificación.

La actualización del registro web es una obligación para los contribuyentes del Régimen Tributario Especial, así como para las cooperativas. Esta actualización debe realizarse a más tardar el treinta de junio de 2023, de acuerdo con el artículo 1.6.1.13.2.25. del Decreto 1625 de 2016. La actualización del registro web está relacionada con el artículo 364-5 del Estatuto Tributario y el artículo 1.2.1.5.1.16. de este Decreto.

Presentación de la memoria económica

La memoria económica es un documento relevante en el ámbito tributario, y su presentación es requerida para los contribuyentes del Régimen Tributario Especial y las cooperativas que hayan obtenido ingresos superiores a ciento sesenta mil (160.000) Unidades de Valor Tributario (UVT) durante el año gravable 2022. El valor de 160.000 UVT corresponde a $6.080.640.000 para el año 2022.

La memoria económica debe presentarse a más tardar el treinta de junio de 2023, sin importar el último dígito del Número de Identificación Tributaria (NIT) ni el dígito de verificación. Es importante destacar que aquellos contribuyentes del Régimen Tributario Especial y las cooperativas que no cumplan con este plazo de presentación de la memoria económica serán considerados contribuyentes del impuesto de renta y complementario del régimen ordinario a partir del año gravable 2023. Además, deberán actualizar el Registro Único Tributario (RUT).

Actualización del Régimen Tributario Especial y presentación de la declaración de renta

El artículo 1.2.1.5.1.25. del Decreto 1625 de 2016 establece la actualización del Régimen Tributario Especial y la presentación de la declaración de renta para los contribuyentes calificados en este régimen. La actualización se inicia con la presentación de la declaración del impuesto sobre la renta y complementario del año gravable 2017. Aquellos contribuyentes que no deseen continuar en este régimen pueden marcar la casilla de renuncia al Régimen Tributario Especial en la declaración de renta y complementario. Esta renuncia tendrá efecto a partir del período gravable siguiente al año en el que se presenta la declaración tributaria con la casilla de renuncia marcada.

Registro Web y actualización de la información

El registro web es una herramienta fundamental para las entidades del Régimen Tributario Especial. De acuerdo con el artículo 364-5 del Estatuto Tributario, la actualización de la información en el registro web debe realizarse de forma anual, en los primeros seis meses de cada año. Los plazos para esta actualización son establecidos mediante Decreto, tal como se precisa en los artículos 1.2.1.5.1.9. y 1.2.1.5.1.16. del Decreto 1625 de 2016.

Es importante destacar que el concepto de actualización del registro web comprende dos aspectos. En primer lugar, se refiere a la actualización de la información en el Registro Web, cuya periodicidad es anual. En segundo lugar, se relaciona con la actualización de la calidad de contribuyente perteneciente al Régimen Tributario Especial en el RUT, de acuerdo con el artículo 356-3 del Estatuto Tributario. Esta actualización se realiza mediante la presentación de la declaración de renta como contribuyente del Régimen Tributario Especial.

Conclusión

La modificación del Concepto General Unificado No. 481 de abril 27 de 2018 tiene como objetivo principal garantizar la correcta actualización del Registro Web y la presentación de la memoria económica por parte de las entidades sin ánimo de lucro y las cooperativas. Cumplir con estas obligaciones es fundamental para mantener el cumplimiento de las normativas tributarias y legales correspondientes. La actualización del registro web y la presentación de la memoria económica deben realizarse dentro de los plazos establecidos, de acuerdo con la normativa vigente.


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