Corte rechaza la nulidad de la sentencia que declaró inconstitucional la responsabilidad solidaria en fotomultas entre el propietario del vehículo y el conductor.

La Sala Plena Virtual de la Corte Constitucional, a través de un auto, rechazó la nulidad de la Sentencia C-038 de 2020, en la cual se declaró la inexequibilidad del parágrafo primero del artículo 8 de la Ley 1843 del 2017, que reguló la instalación y puesta en marcha de sistemas automáticos, semiautomáticos y otros medios tecnológicos para la detección de infracciones.

En esta disposición se establecía la responsabilidad solidaria del propietario del vehículo por el pago de multa impuesta por infracción de tránsito. En dicha providencia, se concluyó que la norma generaba incertidumbre sobre el respeto de garantías constitucionales en el ejercicio del poder punitivo del Estado por las siguientes razones:
Corte Constitucional.
Responsabilidad solidaria en fotomultas.
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