¿Cómo afecta la restricción de la potestad reglamentaria al tratamiento tributario de activos fijos productivos?


«El límite de la potestad reglamentaria y su impacto en el tratamiento tributario de activos fijos productivos»

La potestad reglamentaria del Gobierno, como órgano supremo de Administración, debe facilitar la ejecución de la ley sin alterar su contenido. Sin embargo, en el caso del artículo 1.2.1.27.1 del Decreto Reglamentario 1089 de 2020, se ha cuestionado la inclusión de la expresión «para la producción de bienes y/o servicios» al definir activos fijos reales productivos.

El artículo 258-1 del Estatuto Tributario permite el descuento del IVA para activos fijos reales productivos, sin limitarlos a sectores específicos. La exposición de motivos del proyecto de ley que derivó en la Ley 2010 de 2019 destaca la importancia de incentivar la inversión en bienes de capital y mejorar la competitividad empresarial.

La reglamentación excede su potestad al introducir una restricción no contemplada en la ley. Esto afecta el principio de igualdad y los principios de eficiencia y equidad en el ámbito tributario. 

La Corte ha concluido que la calidad de «activo productivo» no está restringida a ciertos sectores, sino que implica una relación directa y permanente con la actividad productora de renta, independientemente del sector económico.

Normatividad

NormatividadDescripción
Decreto Reglamentario 1089 de 2020Incluye expresión «para la producción de bienes y/o servicios» en la definición de activos fijos reales productivos.
Artículo 258-1 del ETPermite el descuento del IVA en activos fijos productivos.
Ley 2010 de 2019Incentiva la inversión en bienes de capital.

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En síntesis

La reglamentación del artículo 1.2.1.27.1 del Decreto Reglamentario 1089 de 2020 ha sido cuestionada por incluir una expresión que restringe el tratamiento tributario de activos fijos productivos, afectando la igualdad y los principios de eficiencia y equidad.

Conclusión

La potestad reglamentaria debe ejercerse en armonía con la ley para evitar alteraciones en su contenido. La inclusión de condiciones no previstas en el dispositivo legal puede afectar el tratamiento tributario y la competitividad empresarial.


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