Beneficio de la exoneración del pago de los aportes parafiscales y cotizaciones al régimen contributivo de salud a las entidades del sector cooperativo pertenecientes al régimen tributario especial.

Problema Jurídico:

¿Las expresiones “19-4” y “1.2.1.5.2.1” contenidas en el artículo 1.2.1.5.4.9 del Decreto 1625 de 2016, modificado por el artículo 2 del Decreto 2150 de 2017 exceden la facultad reglamen-taria respecto del artículo 114-1 del Estatuto Tributario y transgreden los principios de legalidad, buena fe y confianza legítima de los contribuyentes del artículo 19-4 ib.?

Por exceder la potestad reglamentaria frente al artículo 114-1 del Estatuto Tributario, se anularon las expresiones 19-4” y “1.2.1.5.2.1” contenidas en el artículo 1.2.1.5.4.9 del Decreto 1625 de 2016, sustituido por el artículo 2 del Decreto 2150 de 2017, en cuanto excluyen ilegalmente del beneficio de la exoneración del pago de los aportes parafiscales y cotizaciones al régimen contributivo de salud a las entidades del sector cooperativo pertenecientes al régimen tributario especial del impuesto sobre la renta, correspondientes a los trabajadores que devenguen, individualmente considerados, menos de diez salarios mínimos mensuales legales vigentes.
Consejo de Estado.
Beneficio de la exoneración del pago de los aportes parafiscales y cotizaciones al régimen contributivo de salud.
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