Análisis del artículo 45 de la Ley 2155 de 2021.

Mediante oficio radicado en este Ministerio con el número y fecha del asunto haciendo referencia a lo normado en los artículos 45, 46, 47 y 48 de la Ley 2155 de 2021, efectúa usted tres interrogantes que serán atendidos en el mismo orden de consulta.

Consulta usted:

“1. ¿Se requiere adopción por acuerdo municipal?”
“2. ¿Cómo se liquidan los intereses reducidos del artículo 45?”
“3. ¿Cómo se liquidan los intereses de los artículos 46, 47 y 48?”
Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Radicado: 2-2021-049534 / 23-09-2021

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