Por dos años a partir del 4 de junio, los títulos representativos de deuda que las sociedades por acciones simplificadas (SAS) podrán negociarse en una bolsa de valores.

Con el objetivo de mitigar el deterioro de las condiciones económicas y las consecuencias adversas generadas por la pandemia del nuevo Coronavirus COVID19 anteriormente descritas, se hace necesario garantizar la existencia de un marco legal que permita que todo tipo de empresas puedan acceder a la financiación que ofrece el mercado de capitales por medio del acceso al segundo mercado.

Con las medidas adoptadas en el presente Decreto Legislativo, las sociedades por acciones simplificadas pueden obtener recursos a través de la emisión de títulos representativos de deuda en el mercado público de valores, con lo cual estarán en mejor capacidad de enfrentar la emergencia económica, social y ecológica.
Ministerio de Hacienda y Crédito Publico
Las sociedades por acciones simplificadas (SAS) podrán negociarse en una bolsa de valores.
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