Tema Procedimiento cambiario / Terminación por mutuo acuerdo de los procesos administrativos Régimen sancionatorio cambiario.

Mediante el radicado de la referencia, la peticionaria consulta textualmente lo siguiente:

“¿Cuándo en un proceso administrativo cambiario se ha emitido pliego de cargos, pero aún está pendiente de la emisión de resolución sanción,

¿El 50% del valor a pagar que contempla el parágrafo 13 del artículo 119 de la Ley 2010 de 2019 y el Decreto 1014 de 2020 en materia cambiaria, debe aplicarse sobre el 60% de la multa propuesta que establece el numeral 2 o sobre el 75% de la multa propuesta, de acuerdo el numeral 3 del artículo 23 del Decreto 2245 de 2011?”
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Concepto No 1450 / 09-11-2020
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