Solicitudes de resolución anticipada y de clasificación arancelaria.

Una vez realizada la radicación de la solicitud y los documentos correspondientes, éstos se deberán presentar en forma física-

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) recuerda que con el objeto de brindar atención oportuna a las solicitudes de resolución anticipada y de clasificación arancelaria a petición de particular, es necesario dar estricto cumplimiento a lo dispuesto en la Circular 5 de 2017.

En el sentido que una vez realizada la radicación de la solicitud y los documentos correspondientes, a través del sistema informático dispuesto para ello, a más tardar el día siguiente de generado el radicado por dicho servicio, deberán presentar en forma física.

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