Así opera el procedimiento abreviado de devolución y/o compensación de saldos a favor.

Con el propósito de brindar claridad acerca de la interpretación normativa respecto a la inadmisión de las solicitudes presentadas con fundamento en el procedimiento abreviado de devolución y/o compensación de saldos a favor de los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios y del impuesto sobre las ventas – IVA, se precisa lo siguiente:

Aplicación del procedimiento abreviado a los procesos de fiscalización tributaria en curso por investigación previa a la devolución y/o compensación. Los expedientes que a la fecha de expedición presente Decreto Legislativo se encuentren en curso en las divisiones de gestión de fiscalización y/o sus grupos internos de trabajo por investigación previa a devolución y/o compensación, regresarán al área de devoluciones para iniciar el procedimiento abreviado de devolución y/o compensación, regulado en el presente Decreto Legislativo.
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Oficio No 0771 / Procedimiento abreviado de devolución y/o compensación de saldos a favor.
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