Se modifica el artículo 1.2.6.8. del Título 6 de la Parte 2 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria.

Las modificaciones que se proponen en el presente Decreto aplicarán a partir del quince (15) de enero de 2022,

Con el fin de acelerar y asegurar el recaudo del impuesto de renta y complementario bajo los principios de eficiencia y equidad tributaria, se propone la modificación de las tarifas de las autorretenciones de contribuyentes exonerados de aportes.

Esta propuesta busca mantener la tarifa del 0,4% para el sector agropecuario, con el fin de promover la competitividad sectorial ante la importancia estratégica de este sector en el proceso de desarrollo económico y social del país.
Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Proyecto de Decreto.

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