Saldos a favor en las declaraciones del impuesto sobre la renta y complementarios de los contribuyentes que opten por el SIMPLE.

Consulta:

Mediante el radicado de la referencia, el peticionario solicita se resuelva la siguiente inquietud:

“En la declaración anual del Simple, que por primera vez presentarán próximamente los responsables de este nuevo tributo, correspondiente al año gravable 2019,

¿es posible arrastrar el saldo a favor registrado en la declaración de Renta al renglón 101 “Total saldo a favor” del Formulario 110 presentado por el año 2018?”
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Oficio No 921 / 25-07-2020
Descarga