¿Sabía usted que las personas naturales no comerciantes en Colombia no están obligadas a preparar estados financieros consolidados por las sociedades que controlan?


Preparación y Presentación de Estados Financieros

En respuesta a una consulta relacionada con la estructura societaria y las obligaciones de presentación de estados financieros, la Superintendencia de Sociedades emitió una respuesta basada en las normativas actuales. A continuación, se desglosan los puntos clave y las orientaciones emitidas por la Superintendencia en relación con la presentación de estados financieros en estructuras empresariales controladas por personas naturales.

Estructura Societaria Consultada

La consulta se refiere a la siguiente estructura:

  1. Controlante directa: Persona natural no comerciante.
  2. Sociedad A: Controlada por la persona natural.
  3. Sociedad B: Controlada por la persona natural.
  4. Sociedad C: Controlada por la Sociedad A (mayor patrimonio).
  5. Sociedad D: Controlada por la Sociedad A.

Inquietudes Planteadas

  1. Obligación de la persona natural no comerciante: ¿Debe preparar y presentar estados financieros consolidados por las empresas que controla?
  2. Estados financieros de la Sociedad A: ¿Qué tipo de estados financieros debe presentar la Sociedad A?
  3. Presentación de estados financieros combinados por la Sociedad C: ¿Debe la Sociedad C, como entidad de mayor patrimonio, preparar y presentar estados financieros combinados?

Respuesta de la Superintendencia de Sociedades

La Superintendencia de Sociedades aclara que:

  • Las personas naturales no comerciantes no están obligadas a preparar estados financieros consolidados.
  • La sociedad controlada de mayor patrimonio será la encargada de preparar y presentar los estados financieros combinados, siempre y cuando sea requerida por la Superintendencia para hacerlo.
  • En la preparación de los estados financieros combinados, se integran los activos, pasivos, patrimonio, ingresos y gastos de las sociedades subordinadas, sin incluir la información financiera de la persona natural controlante.

Normatividad Relevante

NormatividadDescripción
Artículo 14 y 28 de la Ley 1437 de 2011Regula la emisión de conceptos por parte de entidades del Estado.
Ley 1755 de 2015Modifica disposiciones sobre la respuesta a consultas por parte de entidades del Estado.
NIIF 10Norma Internacional de Información Financiera sobre la preparación de estados financieros consolidados.
Decreto DUR 2420 de 2015Contiene el marco normativo para la preparación y presentación de estados financieros en Colombia.

Tabla Comparativa: Antes vs. Después del Pronunciamiento

Antes del PronunciamientoDespués del Pronunciamiento
Existía incertidumbre sobre la obligación de las personas naturales no comerciantes para preparar estados financieros consolidados.Se aclaró que las personas naturales no comerciantes no están obligadas a preparar estados financieros consolidados.
No estaba claro qué sociedad debía preparar estados financieros combinados en estructuras complejas.Se estableció que la sociedad con mayor patrimonio, controlada por la persona natural, debe presentar estados financieros combinados, si así lo requiere la Superintendencia.
Las normas sobre preparación de estados financieros combinados no estaban completamente difundidas.Se precisaron los procedimientos para la combinación de estados financieros siguiendo las directrices de las NIIF y normativas locales.

Extracto Resumido

La Superintendencia de Sociedades aclaró que las personas naturales no comerciantes no están obligadas a presentar estados financieros consolidados. En estructuras donde una persona natural controla varias sociedades, la subsidiaria con mayor patrimonio será la encargada de preparar estados financieros combinados, si así lo requiere la Superintendencia.

Ejemplo Práctico

Situación:

María es una persona natural no comerciante que controla dos sociedades, A y B. La Sociedad A, a su vez, controla a las sociedades C y D. De estas, la Sociedad C es la que tiene mayor patrimonio.

Aplicación:

Según la respuesta de la Superintendencia de Sociedades, María no está obligada a preparar estados financieros consolidados. Sin embargo, si la Superintendencia requiere la presentación de estados financieros combinados, será la Sociedad C, por ser la de mayor patrimonio, la encargada de prepararlos, integrando la información de las sociedades D y B, sin incluir la de María.

Este ejemplo ilustra cómo, en estructuras complejas, la responsabilidad de consolidar la información financiera recae sobre la subsidiaria con mayor patrimonio, asegurando la transparencia y coherencia en la presentación de estados financieros.