Revocada Restricción Tributaria: La Corte Constitucional Declaró Inexequible la Prohibición de Deducir Regalías en la Exploración de Recursos Naturales No Renovables.


La Corte Constitucional, en su reciente fallo del 17 de enero de 2024, ha declarado la inexequibilidad del parágrafo 1º del artículo 19 de la Ley 2277 del 2022, relacionada con la reforma tributaria.

Este artículo prohibía la deducción de las regalías de la base gravable del impuesto de renta para empresas dedicadas a la exploración y explotación de recursos naturales no renovables (RNNR).

La demanda argumentó que esta norma vulneraba el principio de equidad tributaria, al gravar un gasto como si fuera una utilidad, incluyéndolo en la renta líquida gravable, a pesar de que no aumentaba el patrimonio del contribuyente.

El alto tribunal, al analizar la demanda, destacó que la disposición cuestionada generaba un trato diferenciado entre dos grupos comparables: las empresas que pagan regalías en especie y las que las pagan en dinero.

Aunque la Corte reconoció que las finalidades perseguidas por la norma no eran prohibidas por la Constitución, consideró que el medio empleado para alcanzar dichos objetivos no estaba fundamentado en la capacidad contributiva de los obligados, sino en la intención de reflejar el tratamiento contable de las regalías.

Es relevante señalar que la Corte Constitucional enfatizó que cuando una norma prevé una fuente de recaudo tributario que desconoce la Constitución Política, el aumento del ingreso en el presupuesto de rentas se vuelve inválido.

Se destacó que no se puede alegar pérdida de ingresos para el presupuesto general de la Nación, ya que no se puede perder lo que se apropia en contravía del orden constitucional.

En el orden del día del próximo viernes 19 de enero, la alta corte tiene programado estudiar solicitudes de aclaración, adición y de apertura de incidente de impacto fiscal relacionado con el fallo en cuestión, bajo la ponencia de los magistrados Jorge Enrique Ibáñez Najar y Cristina Pardo Schlesinger.


Normatividad:

ArtículoNormaObservación
19 (parágrafo 1º)Ley 2277 del 2022Declarado inexequible por la Corte Constitucional el 17 de enero de 2024

¿Cuál fue el argumento principal que llevó a la Corte Constitucional a declarar la inexequibilidad del parágrafo 1º del artículo 19 de la Ley 2277 del 2022?

La Corte Constitucional declaró la inexequibilidad de dicha norma debido a que se consideró que vulneraba el principio de equidad tributaria al gravar un gasto como si fuera una utilidad, incluyéndolo en la renta líquida gravable, sin fundamentarse en la capacidad contributiva de los obligados, sino más bien en la intención de reflejar el tratamiento contable de las regalías.