Revisor Fiscal Suplente.

Consulta:

“(…)
En una copropiedad nombraron a un revisor fiscal principal y a otro suplente, el primero falleció y el suplente manifiesta no poder tomar la principalidad.

Preguntas:

1. Está obligado el revisor fiscal suplente a tomar la principalidad cuando el principal fallece?

2. al fallecer el revisor fiscal principal se activa para el suplente la principalidad, comenzando de inmediato su ejercicio profesional o debe mediar su aceptación?

3. de no poder aceptar la principalidad, el suplente tendrá algún riesgo de ser sancionado?”
Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Oficio No 0469 / 06-08-2021

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