Revisor Fiscal sin nombramiento en ejercicio.


CONSULTA (TEXTUAL)

“En la asamblea ordinaria para el periodo 2022, en una propiedad horizontal, por falta de quórum la
asamblea fue cancelada y no se decidió la elección del revisor fiscal cargo en el que estuve para el
periodo del año 2022, mientras se programa nueva asamblea, es responsabilidad del revisor fiscal
cumplir seguir cumpliendo con sus funciones, como presentación de impuestos? controles a la
administración? etc., se debe solicitar el pago de los honorarios para el periodo siguiente sin tener el
nombramiento de la asamblea? o en vista que no se procedió a la elección se suspenden la vinculación
de este cargo en lo corrido al 2023?.”

Mientras el nombre del revisor fiscal no haya sido retirado de los registros públicos, lo cual puede ser solicitado por la entidad o por el propio revisor fiscal dentro de los 30 días posteriores a la finalización de su encargo, período o renuncia, éste verá continuar cumpliendo las obligaciones dispuestas en la Ley y los estatutos, hasta la fecha en que se modifique o actualice dicho registro. Los honorarios correspondientes serán los que se haya acordado previamente con la asamblea general.