Reconocimiento de la normalización fiscal y su distribución como dividendo.

¿Una entidad vigilada debe retransmitir a esta Superintendencia la información financiera correspondiente al periodo 2018, en el evento en que haya normalizado fiscalmente un activo omitido en virtud de la Ley 1943 de 2018, con ocasión de lo cual en el año 2019 -con posterioridad a la publicación y reporte a las entidades de control de estados financieros – identificó un error contable (omisión) en la información financiera preparada en años anteriores?

¿El reconocimiento del activo incrementaría las utilidades acumuladas de ejercicios anteriores al ESFA, susceptibles de ser distribuidas a los accionistas?

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