Procesos de insolvencia – Empresas constructoras de vivienda.

Consulta:

Me refiero a su comunicación mediante la cual requiere una orientación sobre la competencia de la Superintendencia de Sociedades en procesos de insolvencia de empresas constructoras de vivienda.

En resumen, de lo expuesto esta Superintendencia carece de competencia para aplicar la figura jurídica denominada toma de posesión o intervención forzosa administrativa frente a las personas naturales o jurídicas que desarrollan la actividad de vivienda; pero si es competente para conocer e impulsar los procesos de insolvencia -reorganización o liquidación judicial- de naturaleza concursal previstos en la Ley 1116 Cit.”.
Supersociedades.
Procesos de insolvencia – Empresas constructoras de vivienda.
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