Procedimiento Tributario / Presentación del Reporte de Conciliación Fiscal Año Gravable 2020.

El Parágrafo Transitorio del artículo 2 de la Resolución 027 del 24 de marzo 2021, señala lo siguiente:

Parágrafo Transitorio. Por el año gravable 2020, el vencimiento del plazo para presentar el Reporte de Conciliación Fiscal de las personas jurídicas y asimiladas es hasta el 28 de mayo de 2021 y el de las personas naturales y asimiladas calificadas para el año 2021 como Grandes Contribuyentes es hasta el 9 de agosto de 2021.

La pregunta es: 

¿Este plazo aplica para las personas jurídicas grandes contribuyentes?
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Oficio N° 0193 / 03-06-2021

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