Plusvalía en una combinación de negocios.

Para el cuarto trimestre de 2020, se realizará una fusión entre dos compañías vigiladas por la SFC. Una compañía ya está definida como adquiriente, y la otra por consiguiente, es la adquirida.

La adquiriente es una compañía que presenta estados financieros individuales, y que por cuestiones de negocio, va a fusionar a la otra compañía para unificar sinergias en el mercado de valores.

De acuerdo con el párrafo 4 de la NIIF 3, es necesario aplicar 4 pasos:


identificación de la adquirente,
determinación de la fecha de adquisición,
reconocimiento de los activos y pasivos y,
reconocimiento y medición de plusvalía o ganancia por compra en términos muy ventajosos.

La consulta va a encaminada al último paso, que habla sobre el reconocimiento y medición de una plusvalía.

1) si de acuerdo con la teoría se genera una plusvalía, ¿en qué cuenta y concepto contable debería incluirse en los estados financieros individuales de la adquirente? Entendiendo que la NIIF 3 nos habla de una plusvalía que se reconoce en los estados financieros consolidados; y


2) Si efectivamente da lugar a registrar una plusvalía, ¿tendrá que evaluarse el deterioro de la misma, de acuerdo con el párrafo 80 de la NIC 36? ….”
Consejo Técnico de la Contaduría Pública.
Plusvalía en una combinación de negocios.
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