Periodicidad del impuesto sobre las ventas: Correcciones de errores declaraciones presentadas en periodos diferentes.

Mediante el radicado de la referencia, el peticionario consulta textualmente lo siguiente:

“1. ¿Es aplicable la facultad contenida en el artículo 43 de la Ley 962 de 2005, respecto a la corrección de errores cometidos al momento de diligenciar un formulario de una declaración de IVA, en cuanto al haber presentado declaraciones con periodicidad bimestral, siendo aplicable la periodicidad cuatrimestral?

2. ¿En caso que consideren no aplicable el procedimiento previsto en la ley antitrámites a la situación expuesta, favor señalar cuál es el procedimiento a seguir?”

No es posible corregir las declaraciones del impuesto sobre las ventas presentadas en períodos diferentes al establecido en el artículo 600 del Estatuto Tributario
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Oficio No 0222 / 19-02-2021

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