Mincomercio, SIC y Supersociedades depuraron y modificaron 124 circulares.


Tres entidades del sector de comercio, industria y turismo derogaron o actualizaron 124 circulares en un ejercicio de mejora normativa para beneficio de sus usuarios.

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, la Superintendencia de Sociedades y la Superintendencia de Industria y Comercio participaron del ejercicio, basado en propuestas ciudadanas.

El Ministerio derogó 121 circulares, de las cuales 119 corresponden al sector de comercio exterior.

De estas, 93 incluían disposiciones transitorias, es decir que solo eran aplicables durante un periodo de tiempo que ya finalizó. La Dirección de Comercio Exterior encontró circulares cuya vigencia había terminado en fechas que iban desde el 28 de mayo de 2003 hasta el 31 de diciembre de 2021.

En 20 circulares más se detectó el denominado decaimiento, es decir que las disposiciones que les daban fundamento jurídico (leyes o artículos de la Constitución) desaparecieron, por lo que se volvieron inaplicables.

En otras seis circulares se aplicó el criterio de obsolescencia para proceder a su derogatoria, ya que no resultaban compatibles o aplicables frente a la realidad social, económica, cultural, política o tecnológica que actualmente vive Colombia.

Este grupo se relaciona con funciones que ya no competen al ministerio sino que fueron trasladadas a otras entidades.

El detalle de las 119 circulares derogadas se puede consultar en la Circular 016 del 4 de Agosto de 2022 de la Dirección de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, Industria y turismo.

La entidad también aplicó el criterio de obsolescencia a la Circular 058 de 2007, relacionada con el reglamento técnico etiquetado de confecciones. En este caso, la circular perdió vigencia porque dos resoluciones emitidas con posterioridad hicieron inviable su aplicación.

Además fue derogada por transitoriedad la Circular 032 de 2003 que tenía una vigencia de 12 meses, contados a partir del 29 de mayo del año de su expedición, y que aplicaba un reglamento técnico de emergencia que ya no está vigente.

Superintendencias

La Superintendencia de Industria y Comercio realizó un ejercicio de evaluación y actualización de su Circular Única Jurídica.

La entidad identificó una lista de actos administrativos obsoletos, puesto que las condiciones jurídicas y económicas que motivaron su expedición han cambiado en razón de la evolución del mercado, la irrupción de nuevas tecnologías o la expedición de nuevos marcos normativos.  

Por medio de la Resolución 28170 de 2022 se modificaron y adicionaron apartes de la Circular Única en materia de Protección de Datos Personales.

La expedición de la Ley 2157 de 2021 hizo necesario actualizar las instrucciones dirigidas a los responsables del tratamiento de datos, facilitando así el cumplimiento de nuevas disposiciones en cuanto a la adopción de medidas efectivas y apropiadas para la protección del Derecho de Habeas Data.

De otra parte, de conformidad con la Ley 2069 de 2020 la Superintendencia de Sociedades asumió la vigilancia y control sobre las cámaras de comercio.

Por tanto, La Resolución 28173 de 2022 procedió a derogar y dejar sin efectos todas las reglamentaciones e instrucciones de carácter general expedidas por la Superintendencia de Industria y Comercio, como autoridad para la inspección, vigilancia y control de las cámaras de comercio.

Entretanto, la Superintendencia de Sociedades derogó, también por obsolescencia, la Circular 100-000004 de 2020. Esta amplió el plazo para realizar las reuniones ordinarias del máximo órgano social de las empresas, basada en la declaratoria de emergencia sanitaria del Ministerio de Salud y Protección Social.

El Decreto 434 de 2020, que estableció dicha emergencia ante la pandemia del covid 19, fue derogado mediante el Decreto 176 de 2021, por lo que la Circular 100-000004 perdió su vigencia.

También se aplicó derogatoria orgánica, que es cuando se ha expedido una nueva norma que regula íntegramente la materia que trataban otras, a la Circular 100-000001 de 2017. Su contenido (incluye instrucciones para tratar los riesgos de lavado de activos y financiación del terrorismo),  fue reproducido en su totalidad en la Circular 100-000005 de 2017.

El ejercicio que involucró al Ministerio y las dos superintendencias formó parte del componente regulatorio de la estrategia Estado Simple, Colombia Ágil.

Se basó en una convocatoria hecha a gremios, empresarios, académicos, autoridades, expertos, ciudadanos y usuarios sobre actos administrativos obsoletos que incidieran negativamente sobre la actividad productiva del sector de comercio, industria y turismo.



Dirección de Comercio Exterior.
Circular Nº 016 / 04-08-2022

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