Inhabilidades – Contador público.


CONSULTA (TEXTUAL)

“(…)
Por medio de la presente me dirijo a ustedes con el fin de solicitar un concepto basado en los siguientes hechos:

  1. En visita de auditoría a una Propiedad Horizontal dentro de mis labores de asesoría legal me informaron que el Administrador y la Contadora son compañeros permanentes, que esto es evidente por el trato que se dan y sobre todo por el hecho que el mismo administrador se refiere a ella en las reuniones como «mi señora» y si no lo son, al menos tienen una relación muy cercana, porque, por ejemplo, en el perfil de WhatsApp del Administrador aparece con ella en «poca ropa» y tomándose una “selfie”, además. Por las fotos que publican otras redes sociales, en las que se ven compartiendo celebraciones y viajes juntos.
  2. Me comentan que cuando la Asamblea General de la Copropiedad eligió al Administrador la Contadora ya llevaba más de 3 años trabajando en esa Copropiedad y que ella fue quien en realidad lo postuló para ese cargo.
  3. Aunque las personas del Consejo trataron de mostrar esta situación a la Asamblea General de la Propiedad Horizontal, la respuesta de muchos de los Copropietarios fue que las personas del Consejo no debían «meterse» en la vida personal del Administrador y que lo dejaran en paz.

La segunda situación que evidencié y que es también es motivo de mi solicitud de concepto ante el CTCP, es que el Administrador es o fue empleado de la empresa de la que aparece como representante legal el Revisor Fiscal actual de la misma Copropiedad, es decir, el Administrador trabaja o trabajó para la misma persona que le hace la revisoría fiscal a la Copropiedad que el ahora administra.

Con base en lo anterior, por favor indicarme si las conductas de la Contadora y del Revisor Fiscal de esta Copropiedad configuran o vulneran el régimen de inhabilidades e incompatibilidades que rige la profesión de Contador y de ser así ante qué entidad debería presentarse la respectiva queja.



Consejo Técnico de la Contaduría Pública.
Concepto Nº 447 / 02-08-2022

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