Impuestos Saludables en Colombia: Un Examen Detallado de la Normativa que Rige los Productos Comestibles y su Impacto Tributario.


Hecho Generador e Impuestos Saludables

El documento emitido por la Subdirección de Normativa y Doctrina de la DIAN, fechado el 30-01-2024, aborda la 7° adición al Concepto General sobre los impuestos saludables. Se trata de una comunicación dirigida a los contribuyentes, con énfasis en los impuestos a las bebidas ultraprocesadas azucaradas (IBUA) y a los productos comestibles ultraprocesados industrialmente y/o con alto contenido de azúcares añadidos, sodio o grasas saturadas (ICUI).

Alcance del Término «Productos Comestibles» para el ICUI

Definición Legal y Conceptual

El pronunciamiento inicia recordando el artículo 28 del Código Civil, estableciendo que las palabras de la ley se entenderán en su sentido natural. Se recurre al diccionario de la lengua española para definir «comestible» como aquello que se puede comer y que abarca todo género de alimento. La Ley 2120 de 2021 define «alimento» como producto que aporta nutrientes y energía al organismo humano, incluyendo bebidas no alcohólicas y especias.

Aplicación al ICUI

Para determinar el alcance del término «productos comestibles» en el contexto del ICUI, se resalta la finalidad extrafiscal de este impuesto. Se concluye que se refiere a alimentos destinados al consumo humano. Sin embargo, se establecen condiciones adicionales para la imposición, detalladas en el punto #1.1 del pronunciamiento:

  1. Que sea un producto comestible según el segundo inciso del artículo 513-6 del Estatuto Tributario.
  2. Esté incluido en la lista de partidas arancelarias gravadas.
  3. Sea considerado ultraprocesado industrialmente.
  4. Contenga ingredientes específicos en cantidades definidas por la ley.

Producto Ultraprocesado y Consumo Humano

Se reitera que los productos ultraprocesados son aquellos elaborados con procesos tecnológicos, con más de 5 ingredientes y menos del 50% de ingredientes sin procesar. Además, se enfatiza que tanto el ICUI como el IBUA aplican exclusivamente a productos destinados al consumo humano.

Conclusión y Consultas

El pronunciamiento culmina recordando a los contribuyentes que la normativa, jurisprudencia y doctrina en materia tributaria puede consultarse en el normograma DIAN. La comunicación está firmada por Alfredo Ramírez Castañeda, Subdirector de Normativa y Doctrina de la DIAN.


Es relevante señalar que el documento presenta una interpretación clara y detallada sobre el alcance de los impuestos saludables, proporcionando definiciones legales y conceptuales para respaldar las conclusiones.

Normatividad

NormatividadDescripción
Artículo 28 del Código CivilLas palabras de la ley se entenderán en su sentido natural y obvio, según el uso general de las mismas palabras; pero cuando el legislador las haya definido expresamente para ciertas materias, se les dará en éstas su significado legal.
Artículo 513-6 del Estatuto TributarioEstablece condiciones para la imposición de impuestos, incluyendo la consideración de productos comestibles, la inclusión en la lista de partidas arancelarias gravadas y la elaboración ultraprocesada industrialmente.
Artículo 3° de la Ley 2120 de 2021Define «alimento» como todo producto natural o artificial que, ingerido, aporta al organismo humano los nutrientes y la energía necesaria. Incluye bebidas no alcohólicas y especias.
Decreto 1742 de 2020, artículo 56, numeral 4Faculta a la Subdirección de Normativa y Doctrina de la DIAN para absolver consultas escritas sobre interpretación y aplicación de normas tributarias, aduaneras y de fiscalización cambiaria.
Resolución DIAN 91 de 2021, artículo 7Establece competencias y facultades de la Subdirección de Normativa y Doctrina de la DIAN.
Ley 2120 de 2021, artículo 56, numeral 1Define competencias de la Subdirección de Normativa y Doctrina de la DIAN.
Ley 2120 de 2021, artículo 3Adopta medidas para fomentar entornos alimentarios saludables y prevenir enfermedades no transmisibles.

Es evidente que la normatividad relacionada con los impuestos saludables aborda aspectos clave como la interpretación de palabras legales, las condiciones para imponer impuestos y las medidas para promover la salud alimentaria. Estas disposiciones legales proporcionan el marco normativo para la aplicación de los impuestos a las bebidas ultraprocesadas azucaradas (IBUA) y a los productos comestibles ultraprocesados industrialmente y/o con alto contenido de azúcares añadidos, sodio o grasas saturadas (ICUI).