En un contrato de construcción los costos de préstamos deben ser reconocidos como gastos y no capitalizados como parte de los activos del contrato.

Consulta:

Para la ejecución del contrato, la Constructora solicitó una importante financiación con Entidades Bancarias y partes relacionadas, con lo cual requiere conocer su opinión respecto a:

1. ¿Podría la Constructora capitalizar los costos por préstamos, dentro de la cuenta de Activos del contrato, y en consecuencia, un Activo del contrato puede ser considerado como un activo apto?

2. ¿Los costos por préstamos pueden ser incorporados como un costo incurrido dentro de la aplicación del método del recurso que establece la NIIF 15?

En un contrato de construcción los costos de préstamos deben ser reconocidos como gastos y no capitalizados como parte de los activos del contrato, los cuales se establecen a partir de una estimación del precio de la transacción y del porcentaje de avance, aplicando los métodos de producto o de recursos
Consejo Técnico de la Contaduría Pública.
Reconocimiento costos por préstamos.
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