En estos casos se puede pedir una cuota de alimentos en Colombia.

Se puede pedir cuota de alimentos siempre que se cumplan los tres elementos de dicha obligación: la necesidad de quien requiere los alimentos, la capacidad del obligado a proveerlos y el vínculo jurídico que crea la obligación.

Sobre los descendientes, la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia ha sostenido que por regla general se deben alimentos a los hijos hasta que cumplen la mayoría de edad o cumplan 25 años si están estudiando.

Torrado explicó que “es errónea la creencia de que se deben alimentos solamente a los hijos menores, puesto que, aun siendo mayores, tienen derecho a alimentos mientras se encuentren inhabilitados para trabajar por razón de sus estudios o por invalidez”.
Fuente: El Tiempo
En estos casos se puede pedir una cuota de alimentos en Colombia.

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