¿El empleador puede descontar un día como no remunerado de las vacaciones?


Se analizarán los aspectos clave de un pronunciamiento relacionado con la pregunta:

"¿El empleador puede descontar un día como no remunerado de las vacaciones?". 

A partir del documento proporcionado, se extraerán tres ideas fundamentales para una comprensión más clara y se discutirán en detalle.

Naturaleza de las Vacaciones como Derecho Fundamental

El artículo 53 de la Constitución Política reconoce el derecho al descanso de los trabajadores, que incluye el derecho a las vacaciones. Estas tienen como finalidad permitir que los trabajadores recuperen su energía y preserven su salud física y mental. Por lo tanto, las vacaciones no pueden ser compensadas en dinero, ya que su propósito principal es el descanso.

Duración de las Vacaciones

Según el Código Sustantivo del Trabajo, los trabajadores que han prestado sus servicios durante un año tienen derecho a quince días hábiles consecutivos de vacaciones remuneradas. Esto es una regla general, y las vacaciones no son acumulables.

Permiso y Licencias

En caso de que un trabajador requiera un día de permiso, la ley permite otorgar licencias a discreción del empleador. Si estas licencias no están reglamentadas por el Reglamento de Trabajo, la decisión de otorgarlas depende de la voluntad del empleador, excepto en casos específicos que exigen remuneración obligatoria, como el permiso para el ejercicio del sufragio o para el desempeño de cargos oficiales temporales.

Es esencial comprender que las vacaciones son un derecho fundamental de los trabajadores, y su principal propósito es permitirles descansar y recuperar energías.

Estas no pueden ser compensadas en dinero, a menos que el trabajador lo solicite y haya un acuerdo por escrito con el empleador, y solo hasta la mitad de las vacaciones.

El período mínimo de duración de las vacaciones es de quince días hábiles consecutivos, según el Código Sustantivo del Trabajo. Estas no son acumulables y deben ser concedidas de manera remunerada.

En cuanto a los permisos y licencias, el empleador tiene la facultad de otorgar licencias a los trabajadores según su discreción, a menos que existan situaciones específicas que requieran remuneración obligatoria, como el permiso para ejercer el sufragio o desempeñar cargos oficiales temporales.

Es importante destacar que los permisos otorgados no pueden ser descontados de las vacaciones concedidas al trabajador, ya que esto violaría tanto las normas de las vacaciones como las de los permisos. Los permisos pueden ser remunerados o no, dependiendo de los acuerdos entre las partes.

Normatividad

A continuación, se presenta una tabla que resume la normatividad relevante:

NormatividadDescripción
Artículo 53 de la Constitución PolíticaReconoce el derecho al descanso de los trabajadores, que incluye el derecho a las vacaciones.
Código Sustantivo del Trabajo (CST)Establece la duración mínima de las vacaciones y las condiciones para su remuneración.
Artículo 57 del CSTDetalla las obligaciones especiales del empleador en cuanto a conceder licencias y permisos.

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El Ministerio del Trabajo enfatiza que conforme al artículo 190 del Código Sustantivo del Trabajo, no es posible que un empleador otorgue al trabajador menos de seis días continuos de vacaciones. 

Esto es esencial para garantizar que las vacaciones cumplan su propósito de permitir que el trabajador recupere sus energías gastadas durante su actividad laboral a través del descanso. En consecuencia, no se permite que un trabajador tome solamente un día como vacaciones.

Sin embargo, si un trabajador necesita un día de permiso, la ley permite al empleador otorgar una licencia.

En este caso, la remuneración por este día de licencia queda a discreción del empleador, y esto puede depender de un acuerdo entre las partes o de lo que establezca el reglamento interno de trabajo, a menos que exista una convención colectiva que requiera su remuneración.

Es importante seguir las regulaciones laborales establecidas para garantizar que los trabajadores tengan la oportunidad de disfrutar de un período adecuado de descanso y que los permisos sean otorgados de manera justa y de acuerdo con la legislación vigente.