¿Cuáles son los requisitos para llevar a cabo la disminución del valor nominal de las acciones en una Sociedad Anónima?


Algunos Aspectos Relacionados con la Disminución del Valor Nominal de las Acciones en Sociedades Anónimas

En este artículo, abordaremos un tema relevante relacionado con las Sociedades Anónimas: la disminución del valor nominal de las acciones. Responderemos a la consulta formulada sobre si es jurídicamente posible llevar a cabo dicha disminución sin el efectivo reembolso de aportes, especialmente si la acción se encuentra embargada por orden de un juez.

Introducción

Las Sociedades Anónimas son una forma de organización empresarial que se caracteriza por tener su capital dividido en acciones, las cuales representan la participación de los accionistas en el patrimonio social. En este contexto, el valor nominal de las acciones juega un papel crucial en la determinación del capital social de la empresa.

El Valor Nominal y su Importancia

El valor nominal de una acción es el precio que se le asigna en el momento de la constitución de la sociedad y queda establecido en el contrato social. Es un valor permanente, ya que forma parte de los estatutos de la empresa y su modificación requiere una reforma estatutaria, con el cumplimiento de los requisitos legales y estatutarios.

Es esencial tener en cuenta que el valor nominal de las acciones es un dato relevante tanto para los accionistas como para terceros interesados en la sociedad. Determina el monto mínimo por el cual una acción puede ser emitida y también es utilizado para calcular el capital social y el valor contable de las acciones.

Modificación del Valor Nominal de las Acciones

La modificación del valor nominal de las acciones en una Sociedad Anónima no es una decisión que pueda tomarse a la ligera. De acuerdo con el artículo 158 del estatuto mercantil, cualquier modificación al contrato social debe realizarse mediante una reforma estatutaria, que deberá ser registrada en la cámara de comercio correspondiente al domicilio social.

Para llevar a cabo esta modificación, es necesario que los accionistas se reúnan en una asamblea general, cumpliendo con el quórum y las mayorías establecidas en los estatutos o en la ley. Una vez aprobada la reforma, se deberá expedir nuevamente los títulos que acrediten la calidad de accionista, indicando el nuevo valor nominal de cada acción, entre otros aspectos relevantes.

Viabilidad Jurídica de la Disminución del Valor Nominal

Respondiendo a la consulta formulada,

No es jurídicamente posible realizar la disminución del valor nominal únicamente a una o a algunas acciones en una Sociedad Anónima. Esto se debe a que, al ser el valor nominal parte del contrato social y afectar al capital social, cualquier modificación debe aplicarse al total de las acciones que integran el capital de la sociedad.

Por tanto, si los accionistas deciden llevar a cabo una disminución del valor nominal de las acciones, esta debe afectar al 100% de las acciones que componen el capital de la empresa. De lo contrario, la reforma no tendría efectos jurídicos ante terceros y no sería válida.

Consideraciones Finales

En conclusión, la disminución del valor nominal de las acciones en una Sociedad Anónima es una medida que requiere un proceso formal de reforma estatutaria y la aprobación de los accionistas en asamblea general. Dicha modificación afecta al capital social en su totalidad y debe ser inscrita en el registro mercantil para ser oponible ante terceros.

Es fundamental que los accionistas, la junta directiva y los representantes legales de la empresa se asesoren adecuadamente en materia legal y contable antes de tomar decisiones que puedan afectar la estructura financiera y jurídica de la sociedad.


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