¿Cuáles son las circunstancias en las que la carga de la prueba se invierte y corresponde al empleador demostrar su diligencia y precaución en la protección de la salud de los trabajadores?


Responsabilidad del Empleador en Casos de Enfermedad o Accidente Laboral

Introducción

En el ámbito laboral, es fundamental comprender la responsabilidad del empleador en casos de enfermedad o accidente. La legislación laboral establece ciertas obligaciones para los empleadores con el objetivo de garantizar la seguridad y el bienestar de sus trabajadores. En este artículo, exploraremos en detalle el artículo 216 del Estatuto del Trabajo, que aborda la carga probatoria en estos casos y la importancia de la demostración de la culpa del empleador. Además, examinaremos las circunstancias en las que el empleador debe asumir la carga demostrativa y aquellas en las que corresponde al trabajador.

Artículo 216 del Estatuto del Trabajo

El artículo 216 del Estatuto del Trabajo es una disposición legal que establece la carga de la prueba en relación con la culpa del empleador en la ocurrencia de enfermedades o accidentes laborales. En principio, se establece que el trabajador es responsable de probar las circunstancias de hecho relacionadas con la culpa del empleador. Sin embargo, existen excepciones a esta regla general.

Carga de la Prueba del Trabajador

Bajo la norma general establecida en el artículo 216, el trabajador tiene la carga de probar las circunstancias de hecho que demuestren la culpa del empleador en la ocurrencia de la enfermedad o el accidente laboral. Esto implica que el trabajador debe presentar evidencia y argumentos que respalden su reclamación. No obstante, es importante destacar que hay situaciones en las que el empleador asume la carga demostrativa.

Incumplimiento de las Obligaciones de Cuidado y Protección

Cuando el trabajador denuncia el incumplimiento de las obligaciones de cuidado y protección por parte del empleador, la carga probatoria se invierte. En esta situación, corresponde al empleador demostrar que actuó con diligencia y precaución para preservar la salud e integridad de sus colaboradores. Es decir, el empleador debe demostrar que implementó todas las medidas necesarias para prevenir el riesgo de enfermedades o accidentes laborales.

Requisitos para Transferir la Carga Demostrativa al Empleador

Es importante tener en cuenta que el simple señalamiento del incumplimiento de las obligaciones de cuidado y protección no implica automáticamente que la carga demostrativa recaiga sobre el empleador. Para que esto ocurra, es necesario que se cumplan ciertos requisitos y se acrediten las circunstancias específicas en las que ocurrió el incidente. En este sentido, corresponde al trabajador probar de manera fehaciente los hechos que sustenten su reclamación.

Sentencia de la Corte Suprema de Justicia

La Sentencia de la Corte Suprema de Justicia, Sala Laboral, SL-9772023 (76834), emitida el 8 de mayo de 2023, ahonda en la interpretación y aplicación del artículo 216 del Estatuto del Trabajo. En este fallo, el magistrado Santander Rafael Brito Cuadrado establece que tanto el trabajador como el empleador tienen responsabilidades y cargas probatorias en casos de enfermedad o accidente laboral. La sentencia enfatiza la importancia de presentar pruebas sólidas y sustanciales para respaldar cualquier reclamación.

Conclusiones

En resumen, la responsabilidad del empleador en casos de enfermedad o accidente laboral implica una carga probatoria tanto para el trabajador como para el empleador. Si bien, en principio, el trabajador tiene la carga de probar la culpa del empleador, existen excepciones cuando se denuncia el incumplimiento de las obligaciones de cuidado y protección. En estas circunstancias, corresponde al empleador demostrar que actuó diligentemente para preservar la salud y la integridad de sus empleados. La Sentencia de la Corte Suprema de Justicia destaca la importancia de presentar pruebas sólidas y sustanciales en estos casos.


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