Corrección de las declaraciones tributarias.

Primer caso: Si un contribuyente presenta su declaración de renta del año gravable 2016 el 24 de Abril del 2017, ¿El plazo que tendría para realizar la corrección voluntaria a la misma en virtud del articulo 588 modificado del E. T. seria hasta el 24 de abril del 2020?

Segundo caso: Si un contribuyente presenta su declaración de ventas tercer cuatrimestre del año 2016 el 22 de enero de 2017, ¿El plazo que tendría para realizar la corrección voluntaria a la misma en virtud del artículo 588 modificado del E. T. seria hasta el 22 de enero del año 2020?

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