Concepto general – Consideraciones tributarias y aduaneras sobre las ventas de bienes efectuadas a través del comercio electrónico desde Colombia al exterior


A continuación, se exponen las principales implicaciones en materia tributaria y aduanera en torno a las ventas de bienes efectuadas en el comercio electrónico, realizadas por residentes fiscales en Colombia (vendedores) a través de la plataforma de un tercero intermediario (i.e. marketplace), con destino a compradores ubicados en el exterior (compradores).

Para efectos del presente documento, se analizan los dos modelos de negocio utilizados con mayor frecuencia a través del marketplace de un tercero, a saber:

(i) venta, exportación, distribución y logística de los bienes en el país de destino realizadas directamente por el vendedor y

(ii) venta, exportación y distribución de los bienes en el país de destino realizadas directamente por el vendedor, adicionalmente, un tercero le suministra el servicio de logística en el exterior.

Venta de bienes a través de un marketplace sin servicios de logística

Descripción: En este modelo de negocio, el vendedor, a través del marketplace de un tercero, realiza la venta de sus productos a compradores ubicados en el exterior.

Así, el vendedor: (i) exporta sus productos al país de destino, o (ii) mantiene su inventario en Colombia y, una vez recibe una orden de compra, envía por su propia cuenta los productos a los compradores.

Por su parte, un tercero intermediario cobra al vendedor los servicios de intermediación en la venta, es decir, por poner a su disposición el marketplace.

En razón a esto, transfiere al vendedor el valor de la venta restando el cobro de dichos servicios.