¿Cuál es el tratamiento del IVA en el servicio de arrendamiento de inmuebles para vivienda?
La DIAN ha dejado claro que el servicio de arrendamiento de inmuebles destinados a vivienda está excluido del IVA. Esto implica que los arrendadores no deben cobrar este impuesto a sus arrendatarios cuando el inmueble se destine a vivienda. Aunque la obligación de facturar es independiente de la responsabilidad del IVA.