Es aplicable a los operadores de plataformas electrónicas o digitales de servicios turísticos ofrecidos en Colombia, conforme se definen en el artículo 3º de la Ley 2068 de 2020 y en el artículo 2.2.4.4.13.2 de este Decreto.
¿Los documentos firmados por el contador como certificados, estados financieros y demás siguen vigentes y con validez para seguir utilizándolos para fines pertinentes, o que proceso de debe seguir ante la situación?
El Contador Público, mientras se mantenga en ejercicio activo, deberá considerarse permanentemente obligado a actualizar los conocimientos necesarios para su actuación profesional.
Cuando de conformidad con lo previsto en los artículos 260 y 261 del Código de Comercio, se configure una situación de control, la sociedad controlante lo hará constar en documento privado que deberá contener el nombre, domicilio, nacionalidad y actividades de los vinculados.
Para el ejercicio de sus actividades, los comerciantes, empresarios y entidades sin ánimo de lucro (Esal), en ocasiones, se relacionan con autoridades o entidades públicas, como la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).