Bienes que no causan el impuesto. Las exoneraciones o exclusiones son de interpretación restrictiva y se concretan a las expresamente señaladas por la ley.

¿Podría confirmar si la venta o importación de las materias primas químicas con destino a la producción de medicamentos de las posiciones 29.36, 29.41, 30.01, 30.03, 30.04 y 30.06, tienen la categoría de excluidas, exentas, gravadas o no sujetas del Impuesto sobre las ventas?”

La venta o importación de las materias primas químicas con destino a la producción de medicamentos de las posiciones 29.36, 29.41, 30.01, 30.03, 30.04 y 30.06 se encuentra gravada con el impuesto sobre las ventas a la tarifa general, salvo que exista disposición expresa en el marco tributario que disponga un tratamiento diferencial.

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