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Si bien los actos administrativos en relación con la factura electrónica con validación previa, que se soportaban en disposiciones de la Ley 1943 de 2018, a partir del 1° de enero de 2020 quedaron incursos en el fenómeno jurídico del decaimiento, la factura electrónica de venta con validación previa sigue siendo soporte de las ventas y/o prestación de servicios, así como de costos, deducciones e impuestos descontables.