Impuesto sobre las ventas / Hechos Generadores.

¿Se genera IVA en las enajenaciones en el exterior que se efectúen sobre aeronaves que no están situadas o ubicadas en el territorio nacional? En caso de que la respuesta sea afirmativa ¿cuál es la base gravable para liquidar ese impuesto?

¿Debe liquidarse el IVA al momento de la importación ordinaria de una aeronave, producto de una enajenación efectuada en el exterior? ¿Cuál sería la base gravable para liquidar el mismo?
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Oficio No 0749 / 07-05-2021

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