La Sala precisa el alcance probatorio de la información exógena y de los certificados de retención en la fuente expedidos por el agente retenedor, así como la forma de contabilizar el beneficio de auditoría.

Mediante los actos administrativos acusados, la DIAN modificó la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios presentada por cierta contribuyente por el año gravable 2010, en el sentido de aumentar el valor a pagar e imponer sanciones por no enviar información y por inexactitud, tras concluir que no operaba el beneficio de auditoría, ante la supuesta falta de acreditación de una de las retenciones practicadas (art. 689-1 E.T.).

La Sala confirmó la sentencia apelada que anuló dichos actos, porque estimó que no había lugar a las modificaciones efectuadas, toda vez que la declaración estaba en firme en virtud del beneficio de auditoría, así como que tampoco procedían las sanciones propuestas, dado que la facultad sancionatoria de la administración había prescrito como efecto de la firmeza de la declaración.
Consejo de Estado
Sentencia N° 01384

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