![Dinero-924828_1920](https://desdebogota.com/pongasealdia/wp-content/uploads/2020/09/Dinero-924828_1920-678x381.jpg)
Consulta: Mediante el radicado de la referencia, el peticionario solicita aclaración si el Decreto 359 de 2020, en relación con la renta exenta del numeral 7 del artículo 206 del Estatuto Tributario, es aplicable para el año gravable 2019. En la medida que la declaratoria de inexequibilidad surte efectos a partir del 1 de enero de 2020 y no afecta las situaciones jurídicas consolidadas, este Despacho concluye que el numeral 7 del artículo 206 del Estatuto Tributario se encuentra derogado por el año gravable 2019. Así las cosas, la adición del numeral 7 del artículo 206 del Estatuto Tributario por parte del artículo 32 de la Ley 2010 de 2019 solamente es aplicable a partir del período gravable 2020. |
![]() | Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Oficio No 1071 / 31-08-2020 Descarga |